Lula veta parte del Registro Nacional de Pedófilos y Depredadores Sexuales por ‘afectar vida privada, intimidad y honor’ del condenado

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El presidente de Brasil, Luis Ignacio Lula da Silva, ha decidido vetar la Ley 15.035 de 2024, que proponía garantizar el acceso público al nombre completo y al número de inscripción en el Registro Individual del Contribuyente (CPF) de las personas condenadas en primera instancia por delitos sexuales. Esta decisión ha generado un amplio debate en el ámbito político y social, y bloquea la agenda de votaciones del Congreso Nacional por un periodo de 30 días.

La Ley 15.035, originada a partir del proyecto de ley (PL) 6.212/2023 presentado por la senadora Margareth Buzetti (PSD-MT), tenía como objetivo facilitar el acceso público a información sobre individuos condenados por delitos graves, entre los que se incluyen violación, grabación no autorizada de intimidad sexual, explotación sexual de menores y otras formas de violencia sexual.

La norma buscaba incrementar la transparencia y la seguridad pública, permitiendo a la ciudadanía conocer la identidad de aquellos que han sido condenados por estos crímenes.

El veto del presidente Lula ha suscitado reacciones diversas entre los legisladores y defensores de los derechos de las víctimas. Mientras algunos argumentan que la medida es necesaria para proteger la privacidad y los derechos humanos de los condenados, otros consideran que impide un acceso crucial a la información que podría ayudar a prevenir futuros delitos y a proteger a las potenciales víctimas.

En su justificación, el presidente Lula señaló que la ley podría generar un estigma innecesario hacia los condenados, dificultando su reintegración en la sociedad y contraviniendo principios fundamentales de rehabilitación y justicia. Sin embargo, sus críticos advierten que esta postura podría poner en riesgo la seguridad de las comunidades al limitar el acceso a información vital sobre individuos que han cometido delitos sexuales.

La decisión ahora recae en el Congreso Nacional, donde los legisladores deberán discutir las implicaciones del veto y decidir si intentarán anularlo o proponer modificaciones a la legislación. Este episodio destaca una vez más la complejidad del debate sobre justicia, derechos humanos y seguridad en Brasil.

Se sanciona el acceso público a datos sobre condenados por delitos sexuales

El Presidente de la República, Luiz Inácio Lula da Silva, vetó la Ley 15.035, de 2024, que garantiza el acceso público al nombre completo y al CPF de las personas condenadas por delitos sexuales. El veto bloquea la agenda de votaciones del Congreso Nacional por 30 días.

La ley 15.035, de 2024, es resultado del proyecto de ley (PL) 6.212/2023, de la senadora Margareth Buzetti (PSD-MT). Según la norma, el sistema de consulta procesal debe permitir el acceso público al nombre completo y número de inscripción en el Registro Individual del Contribuyente (CPF) de los imputados condenados en primera instancia por delitos sexuales. La norma se aplica a los siguientes tipos penales:

•Violación.
•Grabación no autorizada de intimidad sexual.
•Violación de una persona vulnerable.
•Promover la prostitución u otras formas. de explotación sexual de niños, niñas o adolescentes o personas vulnerables.
•Mediación para servir la lujuria de otro.
Promover la prostitución u otras formas de explotación sexual.
•Mantenimiento de una casa de prostitución; y gamberrismo.

También según la ley sancionada, el sistema de consulta debe mantener datos como la pena u otras medidas de seguridad impuestas al condenado, que ahora es monitoreado por un dispositivo electrónico. Si el imputado es absuelto en apelación, deberá restablecerse la confidencialidad de la información.

Veto

La Ley 15.035, de 2024, también prevé la creación del Registro Nacional de Pedófilos y Depredadores Sexuales. El sistema deberá desarrollarse con base en los datos contenidos en el Registro Nacional de Personas Condenadas por el Delito de Violación.

El presidente Luiz Inácio Lula da Silva mantuvo la creación del registro, pero vetó una disposición que preveía el mantenimiento de los datos durante diez años después del cumplimiento total de la pena. En el mensaje enviado al Congreso Nacional, el titular del Poder Ejecutivo señala que la medida es inconstitucional por violar principios como la intimidad, la vida privada, el honor y la imagen del condenado.

“La ampliación del plazo para mantener disponibles los datos de los condenados en el Registro Nacional de Pedófilos y Depredadores Sexuales, más allá del plazo de cumplimiento de la pena, viola principios y normas constitucionales, como la proporcionalidad y el debido proceso legal”, argumentó.

Fuente: Agência Senado

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