GL-61 OFAC NO UTORIZA INVERSIONES DIRECTAS EN VZLA.

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¿Inversión directas en telecomunicaciones tras licencias de EEUU? Cuidado con las lecturas apresuradas.

Afirmar que la Licencia General 61 (GL 61) de la OFAC autoriza la entrada de capitales a Venezuela es una imprecisión técnica. Washington no entregó un cheque en blanco, sino un esquema dual:

GL 61: Se limita estrictamente al mantenimiento y soporte operativo de la red existente. No permite inyección de capital ni nuevos joint ventures. GL 62: Mantiene congelada la inversión real bajo la figura de «contratos contingentes» sujetos a aprobación previa.

A esto se suma el veto explícito a tecnología de China y Rusia, y la obligación de dirimir disputas en tribunales occidentales.

​WASHINGTON, D.C. — En medio de la desinformación y las lecturas apresuradas surgidas tras los recientes anuncios del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, la narrativa sobre una supuesta «apertura irrestricta de inversiones» en el sector de telecomunicaciones venezolano cae por su propio peso al examinar la letra chica de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC).

​Es un error técnico y una imprecisión analítica afirmar que la Licencia General 61 (GL 61) autoriza directamente la inyección de capitales o la creación de nuevas empresas en el país. En un movimiento de fina ingeniería regulatoria, Washington no emitió una medida unilateral de apertura, sino un esquema complementario y asimétrico que distribuye de forma quirúrgica las atribuciones operativas y de inversión entre dos instrumentos jurídicos distintos: la GL 61 y la Licencia General 62 (GL 62).

​Mantenimiento técnico vs. Inversión real: 

La anatomía del esquema dual

​La Licencia General 61 funciona estrictamente como un salvavidas de soporte y mantenimiento. Su objetivo primario es prevenir el colapso sistémico del ecosistema de transmisión de datos, telefonía e internet en Venezuela, pero imparte barreras infranqueables en materia bursátil y societaria.

​Lo que permite la GL 61.

Autoriza a personas y empresas bajo jurisdicción estadounidense a vender, exportar o reexportar bienes, software y servicios destinados exclusivamente a la instalación, reparación, actualización y soporte operativo de infraestructura ya existente. Esto abarca transacciones necesarias con entes estatales como CONATEL, CANTV y Movilnet.

​Lo que prohíbe taxativamente. 

La norma impide explícitamente la constitución de joint ventures, la compra de activos, la inyección de capital fresco para nuevos proveedores o la expansión no autorizada de capacidad instalada.

​La facultad de hablar de capital e inversión queda diferida a la Licencia General 62, un mecanismo caracterizado por la condicionalidad. La GL 62 autoriza únicamente la negociación y firma de contratos contingentes para la creación de empresas mixtas, la ampliación de operaciones o convenios de infraestructura. Sin embargo, la efectividad legal y la ejecución de dichos contratos quedan congeladas hasta que las partes obtengan licencias específicas y discrecionales por parte del Tesoro estadounidense.

​En términos prácticos, Washington otorga la posibilidad de reparar las redes existentes hoy (GL 61), mientras mantiene la llave del candado sobre el flujo real de dinero para el mañana (GL 62).

Jurisdicción, exclusión geopolítica y supervisión. 

​El esquema diseñado por la OFAC no representa un alivio gratuito de sanciones, sino el establecimiento de un cerrojo normativo que subordina a los actores del sector a estándares occidentales y aisla a los aliados estratégicos del régimen venezolano.

​Desplazamiento del arbitraje local.

Las transacciones contractuales bajo este amparo exigen que las disputas sean resueltas obligatoriamente bajo las leyes de un estado de EE. UU. y dirimidas en foros arbitrales de Washington, Londres, París o Singapur, desplazando cualquier pretensión de jurisdicción nacional por parte de los tribunales venezolanos.

​El veto al eje Pekín-Moscú. 

Se prohíbe de manera tajante la participación directa o indirecta de tecnología, bienes, servicios o intermediarios provenientes de China, Rusia, Irán, Cuba y Corea del Norte. Esta cláusula busca forzar la desconexión progresiva de proveedores como Huawei o ZTE de la columna vertebral de las telecomunicaciones nacionales.

​Cero activos alternativos.

Queda expresamente vetado el uso del Petro, criptoactivos estatales, permutas de deuda o pagos en materias primas, bancarizando la relación comercial bajo supervisión de los canales financieros tradicionales.

​Tutela de inteligencia corporativa.

Las firmas participantes quedan obligadas a entregar informes iniciales al Departamento de Estado dentro de los 10 días posteriores a la firma de cualquier contrato, complementados con auditorías de cumplimiento trimestrales.

​Con esta arquitectura, la administración estadounidense no solo desmiente las versiones de un levantamiento ciego de sanciones, sino que reafirma una estrategia de regulación por fases: mantiene a flote la conectividad digital del país bajo supervisión directa, mientras retiene el control de la inversión real como un incentivo político de estricto cumplimiento.

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